Herramienta
Retención sobre dividendos de EE. UU.
Los dividendos de empresas estadounidenses no llegan completos a una cuenta de fuera de Estados Unidos: hay una retención en origen. Esta calculadora te muestra cuánto queda después de ella.
Cuando una empresa estadounidense reparte dividendos y quien los recibe no es residente fiscal en Estados Unidos, se aplica una retención en origen antes de que el dinero llegue a la cuenta. La tasa general es del 30 % y puede ser menor si el país de residencia tiene convenio para evitar la doble imposición.
Esta herramienta calcula solo ese tramo. Lo que tu propio país haga después con ese ingreso es otra cosa, y varía mucho dentro de la región; la tasa de cada país y el caso de México están en la guía de impuestos. El contexto completo está en la guía de ETF y en la guía principal.
Para no residentes la tasa general es 30 %; con convenio puede ser menor.
- Dividendo bruto
- $0
- Retención
- $0
- Porcentaje que conservas
- 0%
- Tasa aplicada
- 0%
Cómo se calcula: retención = dividendo × tasa; neto = dividendo − retención. El cálculo se ejecuta por completo en tu navegador. Cubre únicamente la retención en origen de Estados Unidos y no incluye ningún impuesto que pueda corresponder en tu país de residencia. Para inversión de cartera, la tasa es de 10 % si resides en México; 15 % en España, Chile o Venezuela; 30 % en Argentina, Colombia, Perú, Ecuador o Uruguay (convenios revisados el 2026-09-12). Esta página no es asesoría fiscal ni de inversión.
Cuándo usarla
Cuando estás evaluando un activo que reparte dividendos y quieres saber cuánto llega realmente a tu cuenta. Es especialmente útil al comparar rendimientos anunciados: una rentabilidad por dividendo del 4 % no es 4 % neto para un no residente.
Qué poner en cada campo
- Dividendo bruto: lo que la empresa reparte por tu tenencia, antes de cualquier descuento.
- Tasa de retención: 30 % es la referencia general para no residentes. Si tu país tiene convenio con Estados Unidos, la tasa baja (10 % México; 15 % España, Chile o Venezuela), siempre que tu país de residencia fiscal figure bien en el formulario W-8BEN del intermediario.
Un ejemplo
Un dividendo bruto de 1.000 dólares con una retención del 30 % deja 700 dólares netos. Con una tasa de convenio del 15 %, quedarían 850. La diferencia entre ambos escenarios es exactamente por lo que vale la pena averiguar tu situación concreta.
Doble imposición: lo que pasa después en tu país
La retención de Estados Unidos es solo la primera capa. Que te hayan retenido no te libra de declarar en tu país, y declarar en tu país no hace que te devuelvan lo retenido. Lo que cambia de un país a otro es si esa retención se puede descontar:
- México: los dividendos de una sociedad extranjera se acumulan en la declaración anual y además pagan un ISR adicional de 10 % a más tardar el día 17 del mes siguiente al cobro; el artículo 5 de la Ley del ISR permite acreditar lo pagado en el extranjero, con límites.
- España: la Agencia Tributaria recoge una deducción por doble imposición internacional para rentas obtenidas en el extranjero.
- Argentina, Colombia, Perú, Ecuador o Uruguay: no hay convenio con Estados Unidos, así que el 30 % se queda como está y lo que declares depende de las reglas locales.
En cualquiera de estos casos te van a pedir lo mismo: el detalle de cada dividendo (fecha, bruto, retención y neto) y, si la plataforma lo entrega, el formulario 1042-S del año. Guárdalos desde el primer cobro; los cálculos por país están en la guía de impuestos.
Dos advertencias
- Esto no es todo el impuesto. Tu país de residencia puede gravar ese ingreso, y varias administraciones tributarias de la región han incorporado reglas específicas para activos en el exterior.
- La tasa de convenio no es automática. Suele requerir documentación presentada ante el intermediario. Si no está en regla, se aplica la general.
- En un ETF de bonos la tasa es menor. La parte de intereses (QII) no lleva retención para extranjeros, así que en el campo de tasa va (1 − QII) × tu tasa: para AGG sin convenio, cerca de 2,1. Cómo ver el QII y recuperar lo retenido de más está en ETF de bonos con retención del 30 %.
Preguntas frecuentes
La tasa general para no residentes es del 30 %, y se descuenta en origen antes de que el dinero llegue a tu cuenta. Si tu país de residencia tiene convenio con Estados Unidos para evitar la doble imposición, puede aplicarse una tasa menor, pero eso no es automatico: normalmente requiere que tu documentación fiscal esté presentada y en regla ante el intermediario.
Es muy posible, y depende enteramente de tu jurisdicción. Cada país de la región trata de forma distinta la tenencia de activos en el exterior, las ganancias de capital y los dividendos, y varias administraciones han incorporado reglas específicas para activos digitales. En México, por ejemplo, los dividendos del extranjero pagan además un ISR de 10 % a más tardar el día 17 del mes siguiente; en España existe una deducción por doble imposición internacional. Esta calculadora solo cubre la retención estadounidense; guarda el detalle de cada dividendo para declarar lo demás.
Sí, cuando reparten dividendos originados en acciones estadounidenses. Es una de las razones por las que el rendimiento neto de un fondo puede ser menor al que sugiere su rentabilidad por dividendo anunciada. A eso se suma el costo interno del fondo, que se descuenta del valor día a día.